domingo, 1 de junio de 2014

LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: LOS AUXILIOS JUDICIALES (I, PARTE)


 
 
Tal como prometí a un usuario de la Administración de Justicia, desde aquí voy a intentar acercar o hacer más comprensible el trabajo que desarrollamos los funcionarios que hacemos posible (no sin dificultades), que salgan a delante, la inmensa cantidad de asuntos que entran cada día, en cada uno de  los órganos judiciales y en cada materia, que llamamos jurisdicción.
Los funcionarios que formamos la plantilla de la Administración de Justicia, somos los siguientes: Del personal de los Cuerpos de Médicos Forenses, de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Procesal, de Ayudantes de Laboratorio y de otro personal al servicio de la Administración de Justicia, pero empezaré  por los funcionarios que normalmente tenemos contacto directo con los ciudadanos, con lo cual no estoy diciendo que no sean importantes.
 
Auxilios Judiciales, antiguos Agentes Judiciales, muchos de nosotros seguimos usando el antiguo nombre, unos por costumbre y otros porqué creemos que es el nombre que refleja más nuestro cometido.
 
En la Ley Orgánica del Poder Judicial, se encuentra desarrollada nuestra función más concretamente, en el artículo 478, pero para los ciudadanos que no tienen un contacto diario con nosotros, pueden pensar que son pocas las funciones, pero si se leen el epígrafe i) de dicho artículo, podemos llegar a desarrollar muchas más funciones, veamos que dice: 
  
 i) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
 
Pero, creo que es mejor que lo explique aunque sea resumidamente, con otras palabras, menos técnicas.
 
Como en cualquier trabajo, por mucho que haya un gerente o un director, si no hay nadie que ejecute, las órdenes, no sirve para nada, en nuestro caso, los jefes, son los Secretarios Judiciales, los cuales, como mucho de Uds. sabrán, son como notarios, pero con la diferencia de que la "Fe Pública" la ejercen en el ámbito judicial, pero además son los jefes de personal directo de los funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia y por lo tanto jefes directos de nosotros los Auxilios Judiciales, quienes junto a nuestros compañeros de los demás cuerpos, como los Gestores o los Tramitadores, somos el motor de cualquier órgano judicial.
Cuando se han dado las primeras órdenes, los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, somos los encargados, de hacer saber a las personas que están implicadas, directamente o indirectamente en un asunto, mediante lo que llamamos actos de comunicación.
Nuestros compañeros, de los que hablaré en otro momento, preparan lo que llamamos cédulas de citación, de notificación o emplazamientos y una vez firmadas por el/la Secretario o Secretaria Judicial, dependerá de que dice la ley de como hacerle llegar a una persona que hay un proceso en un juzgado como denunciado, demandado, perjudicado o bien como testigo.
Lo primero que hacemos los Auxilios Judiciales, es comunicar entre otras cosas, que alguien ha puesto una denuncia o una demanda (denuncia para asuntos penales, como robos, lesiones, insultos etc. y para temas básicamente económicas las demandas, como impago de alquileres, deudas entre comerciantes, etc.).
¿Cómo comunicamos a los ciudadanos todo lo referente a un asunto?
 Para empezar mediante  citación o en algunos casos por lo que llamamos emplazamientos, (Normalmente en procesos civiles),los emplazamientos, son como las citaciones, pero a diferencia de éstas, damos un plazo, pero lo que más entregamos sonlas citaciones, es decir comunicar a alguien, que ha de venir al Juzgado o Tribunal, el día y hora determinada, las citaciones. Las citaciones se practican mediante las llamadas "cédulas de citación" que los Tramitadores o Gestores, se encargan materialmente de crearlas, siguiendo las órdenes directamente de los Jueces o de los Secretarios Judiciales.
 
De momento lo dejo aquí pues no es fácil intentar explicar nuestras funciones y que se entienda el lenguaje, no os perdáis la segunda parte.
 
 
 
 

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